AGROPECUARIOS

SEGUROS AGROPECUARIOS

 Todas las líneas del sector agrícola y ganadero:

  • Agroseguro.
  • Seguro con Coberturas Crecientes para Explotaciones Citrícolas.
  • Seguro con Coberturas Crecientes para Explotaciones Olivareras.
  • Seguro de Rendimiento de Cultivos Herbáceos Extensivos de Secano.
  • Seguro de Sequía en Pastos.
  • Seguro de Explotación de Uva de Vinificación.
  • Multirriesgo Agrícola.
  • R. C. Agraria (Responsabilidad Civil para Explotaciones Agropecuarias, Responsabilidad Civil para Explotaciones Cinegéticas).
  • Seguro de Cosecha.
  • Almazaras.
  • Bodegas.
  • Vehículos Especiales (Tractores, Cosechadoras, Vibradoras, Motocultores, etc.)
  • Fincas Agrícolas.

 

Técnicos especializados en peritaciones agrícolas.

 

Coberturas diseñadas según las necesidades del asegurado.

 

Gestión directa con cooperativas y grandes centros de producción.

 

 

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SEGURO DE CÍTRICOS (LÍNEA 301)

AGROSEGURO (PLAN 2020)

El día 1 de abril de 2020, se inició el plazo para la contratación del Seguro de Cítricos - Línea 301 (AGROSEGURO PLAN 2020), y finaliza el día 15 de septiembre de 2020.

 

Consulte con su mediador de seguros las especificaciones de cobertura, garantía y franquicias y elija la alternativa que más se ajuste a las necesidades de su explotación.

 

Resumen SEGURO CÍTRICOS (Plan 2020)
Resumen SEGURO CÍTRICOS (Plan 2020).pdf
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NOVEDADES PLAN 2020

Reproducimos aquí las modificaciones respecto a la campaña anterior, tal y como las comunica Agroseguro en las Normas de Contratación de este seguro:

  • Extensión de garantías para el riesgo de pedrisco: Se aplicarán las garantías menores (producción, precio y todas las condiciones de cobertura) entre las contratadas en el seguro actual y las del año anterior.
  • Cultivos: En el cultivo de mandarina se han incluido las variedades Murina y Neufina, ambas con finales de garantía y precio de resto de variedades de sus respectivos grupos.
  • Tarifas: Se ajustan a la baja las tarifas para el riesgo de daños en plantación en las Comunidades Autónomas de Valencia y Cataluña.
  • Modificación de la tabla de Bonificaciones y Recargos: dado que la tabla de bonificaciones y recargos presentan una distribución asimétrica, se acometen una serie de cambios para alcanzar una distribución más simétrica de los porcentajes de bonificación y recargo de la tabla, que ajuste con mayor precisión la medida de B/R a los resultados de cada asegurado. La aplicación de las medidas descritas, para la presente campaña, puede suponer o no un incremento de tarifa diferente según ámbito debido a los cambios descritos en la tarifa de daños en plantación.
  • Precios de aseguramiento:

- Producción Convencional para Fresco: Incremento de precio en todas las variedades de lima y descenso de precios para las variedades Lane Late y Navelate de naranja y todas variedades de limón.

 

- Producción Ecológica para Fresco: Incremento general de precios para esta producción. En naranja, se mantiene el precio de las variedades Lane Late y Navelate y en limón baja el precio del resto de variedades.

CONTRATACIÓN SEGURO DE CÍTRICOS 2020

BANASEGUR se encuentra a su disposición para ASEGURAR SU COSECHA DE CÍTRICOS CON LA GARANTÍA DEL MEJOR SERVICIO Y ASESORAMIENTO.

 

Como siempre, le recomendamos que asegure cuanto antes; se evitará riesgos innecesarios y le costará lo mismo, por tanto: saldrá ganando.

 

Debido a que con carácter general en 2019 hubo una merma de cosecha, es muy probable que este año exista una mejor (mayor) perspectiva de producción. Pese a la existencia de la Extensión Excepcional de la Garantía del Riesgo de Pedrisco, para siniestros ocurridos entre el 20 de abril y el 15 de junio de 2020, en el caso de que no se hubiera contratado aún la póliza de este año, hay que tener en cuenta que como máximo sólo se indemnizaría sobre la cosecha asegurada el año pasado. Además, este año han cambiado algunas condiciones al respecto. Se aplicarán las garantías menores (producción, precio y todas las condiciones de cobertura) entre las contratadas en el seguro actual y las del año anterior. Por tanto, cuanto antes se contrate este año, mejor, si hay que mejorar algún aspecto respecto del año pasado. Así, por ejemplo, si el año pasado se eligió destino industria y un precio muy bajo para alguna variedad, ésas serían las mismas condiciones con que se aplicaría la extensión excepcional de la garantía de pedrisco. Por tanto, conviene asegurar pronto, en las condiciones deseadas para este año.

 

A continuación, les indicamos algunos aspectos que deberán tener en cuenta, para saber cuándo tienen que realizar la contratación del Seguro de Cítricos 2020.

  • El seguro de cítricos para la próxima campaña se puede formalizar desde el 1 de abril hasta el 15 de septiembre de 2020. Si asegura pronto (recomendamos que sea antes del 15 de junio), luego podrá ampliar o reducir cosecha, si no ha habido siniestros.
  • A partir del 20 de abril ya se puede tener cobertura de Pedrisco por el seguro de cítricos de 2020.
  • Ampliando lo indicado anteriormente, para siniestros de Pedrisco ocurridos a partir del 20 de abril y hasta el 15 de junio (en el caso de que no hubiera contratado aún la póliza de este año), este seguro tiene una Extensión Excepcional de Garantías para el riesgo de Pedrisco para las mismas producciones (mismas variedades, mismas parcelas, mismo asegurado -o herederos- y mismas condiciones de aseguramiento) de cítricos aseguradas en 2019. Para ello, deberá formalizar la póliza en un plazo máximo de 15 días naturales desde la ocurrencia del siniestro con fecha límite al 30 de junio (si el siniestro fuera el mismo día 15 de junio) y comunicar el parte de siniestro antes del 30 de junio. La producción garantizada en esta extensión de garantía es la menor entre las producciones: real esperada, asegurada actual y la asegurada del año anterior.
  • Para aquellas personas o empresas que aseguraron sus cítricos en la campaña anterior (Plan 2019), la póliza de este año tendrá efecto a las 12 de la noche del mismo día de pago (o contratación mediante domiciliación bancaria) para la cosecha declarada para este año. Si este año, tiene más cosecha que el año pasado, le conviene tener esto en cuenta.
  • Si no contrató el seguro de cítricos en 2019, el periodo de carencia será de 7 días, contados desde el pago de la prima. Ejemplo: si contratan y pagan (o contratan mediante domiciliación bancaria) el día 23 de abril, su seguro toma efecto el día 30 de abril a las 00:00 horas.
  • Tenemos habilitada la posibilidad de contratar el seguro mediante pago domiciliado, para mayor comodidad y seguridad. Recuerde que debe aportarnos el número de cuenta, para la domiciliación.

 

El seguro dispone de un amplio abanico de coberturas y garantías a elegir. A través de 4 módulos distintos, este seguro cubre los daños por pedrisco, helada, viento... y otros riesgos climáticos no controlables por el agricultor.

 

Para el Plan 2020 se ha modificado la tabla de bonificaciones y recargos, en función de la siniestralidad histórica de cada explotación. Para conocer el alcance de este cambio y de algunas modificaciones de tasas, para cada caso particular, conviene que se realicen cálculos lo antes posible.

 

En cuanto a las subvenciones de la Administración, por una parte, ENESA mantiene los mismos porcentajes y criterios de subvención.

 

Nuestros asegurados dispondrán del mejor servicio de asesoramiento y defensa completa en las tasaciones, a través del gran equipo de profesionales con mayor experiencia del mercado en materia de Seguros Agrarios.

 

El seguro cubre en producción, plantación e instalaciones, dependiendo del módulo y opción específica contratada, los daños ocasionados por los riesgos de helada, pedrisco, viento, y riesgos excepcionales (fauna silvestre, incendio, inundación, lluvia torrencial, lluvia persistente, nieve y viento), así como otras Adversidades Climáticas (eventos climáticos no descritos anteriormente, como caídas de fruta por contrastes bruscos de temperatura, pixat y otras fisiopatías como el rajado generalizado de frutos de determinadas variedades).

 

RECORDAMOS LAS FECHAS MÁS RELEVANTES

Insertamos a continuación el cuadro III.1. de las Condiciones Especiales de esta línea de seguro (301 – Seguro de Explotaciones de Cítricos), con las fechas de inicio de garantías para cada riesgo. 

Tabla Inicio de Garantías. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

Insertamos a continuación los cuadros publicados en las Normas de Contratación publicadas por Agroseguro, sobre el Periodo de Suscripción.

Tabla Periodos de Suscripción. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

REDUCCIONES DE CAPITAL

El asegurado, podrá solicitar la reducción del capital asegurado, cuando la producción declarada en el seguro se vea mermada por riesgos ocurridos durante los periodos que se indican en el siguiente cuadro.

 

El asegurado deberá remitir la solicitud de reducción a AGROSEGURO por la misma vía por la que contrató la póliza y en los plazos que se indican igualmente en los siguientes cuadros:

 

 

PRINCIPAL

Tabla Reducciones de Capital. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO Y RIESGOS QUE SE PUEDEN GARANTIZAR

Recordar que a través del Seguro de Cítricos se pueden cubrir los siguientes riesgos:

 

A) PEDRISCO

B) VIENTO

C) HELADA

D) RIESGOS EXCEPCIONALES

D.1) FAUNA SILVESTRE (CINEGÉTICA Y NO CINEGÉTICA)

D.2) INCENDIO

D.3) INUNDACIÓN – LLUVIA TORRENCIAL

E) RESTO DE ADVERSIDADES CLIMÁTICAS

 

Consideramos importante resaltar el plazo para declarar siniestro por riesgos con daños evolutivos (helada, caída fisiológica, rajado, pixat,…): Como criterio general, hay que declarar el siniestro antes de la fecha final de garantías y, ante siniestros ocurridos en los últimos 5 días, antes de los 2 días siguientes al final de garantías. Si se declaran con posterioridad, se reducirá el daño tasado en un 50%. Si se declara pasados 10 días, se perderá el derecho a la indemnización.

 

La definición de estos riesgos, a los efectos de este seguro, se encuentra en las Condiciones Especiales. Para cualquier interpretación sobre los mismos, así como para cualquier parte del contenido de las mismas, estamos a vuestra disposición.

 

El asegurado debe asegurar en una única declaración de seguro todos los bienes asegurables, es decir, toda la producción y la plantación (plantones e injertos) de cítricos que tenga en el ámbito de aplicación de este seguro.

 

Excepcionalmente, en las explotaciones con parcelas en más de una comarca, se podrán hacer más de una declaración de seguro (máximo una por comarca), siempre y cuando cada una de ellas tenga más de 100.000 € de valor de producción asegurado en el Seguro Principal. Esta opción es importante tenerla en cuenta, cuando se quiera contratar módulos distintos en cada comarca.

 

La garantía sobre las instalaciones presentes en la parcela tendrá un carácter optativo, pero en caso de que se opte por esta posibilidad, deberán asegurarse todas las instalaciones del mismo tipo, que reúnan las condiciones para ser aseguradas.

 

Para asegurar las instalaciones, es obligatorio asegurar el conjunto de la producción y la plantación.

 

Las instalaciones asegurables se cubren frente a los mismos riesgos que se cubre la producción. Estos son los tipos de instalaciones asegurables:

 

A) ESTRUCTURAS DE PROTECCIÓN ANTIGRANIZO: Cobertura de mallas o redes, así como sus medios de sostén y anclaje.

B) CORTAVIENTOS ARTIFICIALES: Instalación de materiales plásticos no deformables o de obra, así como sus medios de sostén y anclaje que, constituyendo una cortina continua, moderan la velocidad del viento en su zona de influencia.

C) INVERNADEROS.

D) CABEZAL DE RIEGO.

 

E) RED DE RIEGO EN PARCELAS: RIEGO LOCALIZADO.

 

Aunque no se elija asegurar las instalaciones, es conveniente saber que, siempre que se cumplan las características técnicas especificadas en las Condiciones Especiales (si hay dudas hay que consultar antes de indicarlo en la póliza), algunas de éstas instalaciones pueden indicarse como medidas preventivas, a los efectos de la correspondiente bonificación de la prima del seguro de la parcela donde estén instaladas.

 

 

Insertamos a continuación los cuadros publicados en las Normas de Contratación publicadas por Agroseguro (utilizamos estos cuadros porque tienen resaltadas las variables elegibles), sobre los diferentes Módulos de contratación. Estos mismos cuadros se encuentran en el ANEXO I.2 de las Condiciones Especiales de esta línea de seguro.

 

MODALIDADES DE CONTRATACIÓN

El Asegurado deberá elegir las mismas condiciones de coberturas para todas las parcelas.

 

A continuación, se detallan en color azul, los “datos variables elegibles” en función del Módulo:

 

MÓDULO 1: Todos los riesgos por Explotación. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

(1)  Explotación a efectos de indemnización, según lo especificado en el Capítulo I: Definiciones.
(2) Elegible únicamente para los asegurados que tengan derecho a bonificación y para los del grupo 0% (según lo establecido en la condición especial 14ª).
(3) El menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € cortavientos de tela plástica, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € en estructuras antigranizo, 1.500 € en invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego localizado.

 

MÓDULO 2: Riesgos por Explotación y riesgos por Parcela. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

(1) Explotación a efectos de indemnización, según lo especificado en el Capítulo I: Definiciones.

(2) Elegible únicamente para los asegurados que tengan derecho a bonificación y para los del grupo 0% (según lo establecido en la condición especial 14ª).

(3) El menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € cortavientos de tela plástica, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € en estructuras antigranizo, 1.500 € en invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego localizado.

(4) Será del 30% para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros ocurridos con anterioridad al 15 de junio.

 

MÓDULO 3: Todos los riesgos por Parcela. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

(1) Explotación a efectos de indemnización, según lo especificado en el Capítulo I: Definiciones.

(2) Elegible únicamente para los asegurados que tengan derecho a bonificación y para los del grupo 0% (según lo establecido en la condición especial 14ª).

(3) El menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € cortavientos de tela plástica, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € en estructuras antigranizo, 1.500 € en invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego localizado.

(4) Será del 30% para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros ocurridos con anterioridad al 15 de junio.

(5) Para el riesgo de viento en los cultivos de naranja y limón asegurados en las comarcas de Río Segura. Suroeste y Valle de Guadalentín y Campo de Cartagena de Murcia y la comarca Bajo Almanzora de Almería, el porcentaje de mínimo indemnizable y franquicia absoluta aplicable, será 10 puntos porcentuales más, que la elegida por el asegurado en la garantía a la producción para los riesgos distintos al pedrisco.

 

MÓDULO P: Riesgos nominados por Parcela. - Haz "clic" en la imagen para ampliar.

(1) Explotación a efectos de indemnización, según lo especificado en el Capítulo I: Definiciones.

(2) Elegible únicamente para los asegurados que tengan derecho a bonificación y para los del grupo 0% (según lo establecido en la condición especial 14ª).

(3) El menor entre el 10% del capital asegurado y 500 € cortavientos de tela plástica, 1.200 € cortavientos de obra, 600 € en estructuras antigranizo, 1.500 € en invernaderos, 1.000 € en cabezal de riego y 300 € en red de riego localizado.

(4) Será del 30% para los daños en cantidad ocasionados por los siniestros ocurridos con anterioridad al 15 de junio.

(5) Para el riesgo de viento en los cultivos de naranja y limón asegurados en las comarcas de Río Segura. Suroeste y Valle de Guadalentín y Campo de Cartagena de Murcia y la comarca Bajo Almanzora de Almería, el porcentaje de mínimo indemnizable y franquicia absoluta aplicable, será 10 puntos porcentuales más, que la elegida por el asegurado en la garantía a la producción para los riesgos distintos al pedrisco.

(6) Entre las diferentes parcelas a las que se les haya asignado un fin de garantías de hasta el 31 de diciembre, podrá elegirse para cada una de ellas si se garantizan, o no, éstos riesgos.

Entre las parcelas a las que se les haya asignado un fin de garantías posterior al 31 de diciembre incluido, la elección de la cobertura, o no, de éstos riesgos deberá realizarse de forma conjunta para todas las parcelas del mismo cultivo y variedad en el mismo término municipal.

Para las declaraciones de seguro suscritas en el módulo P, si en las parcelas con final de garantías posterior al 31 de diciembre, figuran para el mismo cultivo, variedad y término municipal, parcelas aseguradas con helada más viento y parcelas sin helada más viento, se entenderán como aseguradas sin helada más viento.

(7) Para los asegurados que tengan derecho a bonificación del 10% o mayor (grupos -10% a -40%, según lo establecido en la condición especial 14ª).

(8) Para los asegurados no contemplados en el siniestro mínimo indemnizable del 10% y franquicia absoluta del 10%.

(9) En los plantones se garantizan todos los riesgos, incluidos la helada y el viento, aunque no se hayan elegido éstos riesgos en las plantaciones en producción.

(10) Para el riesgo de viento en los cultivos de naranja y limón asegurados en las comarcas de Río Segura, Suroeste y Valle de Guadalentín y Campo de Cartagena de Murcia y la comarca Bajo Almanzora de Almería, el porcentaje de mínimo indemnizable y franquicia absoluta aplicable, será 10 puntos porcentuales más, que la franquicia absoluta aplicable al resto del ámbito.

 

 

Pueden solicitar sus presupuestos del SEGURO DE CÍTRICOS para la cosecha 2020-2021 a través de la ASOCIACIÓN DE CITRICULTORES DE HORNACHUELOS, contactando con el Gerente de la A.C.H.